¿Qué es la insolvencia de persona natural?
Es un proceso que está en el Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012) y que la Ley 2445 de 2025 reformó y amplió. Mucha gente lo conoce como «ley de insolvencia» o lo busca como «quiebra personal». Su propósito es que una persona que ya no puede pagar sus deudas pueda reorganizarlas de forma ordenada, en lugar de enfrentar cobros, embargos y descuentos por separado.
El proceso se adelanta ante un centro de conciliación autorizado o una notaría. Allí se reúnen tus acreedores para negociar contigo un acuerdo de pago que se ajuste a tu realidad: plazos, condiciones y, según el caso, rebajas. Mientras eso ocurre, la ley te da protecciones para que puedas respirar y retomar el control.
¿Quién puede acogerse?
Pueden acogerse las personas que, como deudoras o como garantes, estén incumpliendo dos o más obligaciones con dos o más acreedores por más de 90 días, siempre que esas obligaciones representen por lo menos el 30 % de su pasivo total.
Aplica a empleados, independientes y pensionados. Con la reforma también pueden acogerse los pequeños comerciantes con activos de hasta 1.000 salarios mínimos mensuales, sin contar la vivienda familiar ni el vehículo de trabajo. Si no sabes si cumples los requisitos, en la primera asesoría lo revisamos contigo.
Qué pasa con tus embargos, descuentos y cobros
Una vez se acepta la solicitud, no pueden iniciarse nuevos procesos ejecutivos o de cobro coactivo en tu contra, y los que estén en curso se suspenden. Eso incluye los embargos. Según tu caso, también se puede solicitar el levantamiento de medidas como embargos que ya estén vigentes.
Desde el inicio del proceso se suspenden los descuentos automáticos por libranza, excepto los de obligaciones alimentarias. Es decir, el sueldo o la mesada que hoy se va en descuentos vuelve a llegar a tus manos mientras se negocia el acuerdo.
Además, no te pueden cortar los servicios públicos de tu casa ni de tu lugar de trabajo por deudas anteriores a la aceptación, y la ley prohíbe la discriminación laboral a empleados o contratistas que se acojan al proceso.
Cómo termina: el acuerdo de pago
El corazón del proceso es el acuerdo de pago. Tus acreedores y tú negocian plazos, condiciones y posibles rebajas según tu capacidad real de pago. Cuando el acuerdo se aprueba, pagas en esos nuevos términos y dejas atrás la presión de varios cobros al mismo tiempo.
Cada caso es distinto: depende de tus deudas, tus ingresos y tus bienes. Si la negociación no llega a un acuerdo, la ley prevé otros caminos, y te los explicamos con claridad desde la primera asesoría para que decidas con toda la información.
Cómo te acompañamos
En Alivia manejamos todo tipo de casos de insolvencia, y según el tuyo los beneficios pueden ser muchos. Te asesoramos desde el primer mensaje, te ayudamos a reunir la información de tus deudas e ingresos, y tu caso lo lleva una firma de abogados aliada, especialista en insolvencia, que te representa durante todo el proceso.
En un tema tan delicado como tus deudas, lo que necesitas es seguridad. Elegir quién lleva tu caso es una decisión de seguridad, no solo de precio. Por eso trabajamos con especialistas, te explicamos cada paso y tenemos opciones de pago flexibles para que el proceso esté a tu alcance.